Tipos de invalidez y remuneraciones

Invalidez permanente, pudiendo ser parcial y se puede cobrar el 33% de la base reguladora, no extinguiendo el contrato. 

Invalidez total, convirtiéndose en pensionista cobrando el 55% de la base reguladora.

Invalidez absoluta, cobrando el 100% de la base reguladora, pudiendo trabajar en otras actividades laborales. 

Gran invalidez, cobrando el 100% + el % dependiendo del tipo de ayuda que necesite.

Son o pueden ser revisables,  ya que se puede mejorar o empeorar. 

Dependiendo de la causa de la invalidez, se tiene derecho a pedir indemnización por los daños, no por la extinción de contrato. No teniendo derecho a cobrar prestaciones por desempleo. 

Despido colectivo:
Si hay socios no pueden cerrar la empresa, pueden vender su parte al resto de socios, y cerrar sólo si la empresa va mal.

Por ETOP se considera despido colectivo. 
Si hay derecho de indemnización es de 20 días a 12 meses, dependiendo del tiempo que se haya estado en la empresa. 
Si hay derecho de prestación por desempleo. 

En el despido disciplinario, no hay indemnización, pero sí prestación por desempleo. 

En el despido objetivo, si se tiene derecho a indemnización y si se tiene derecho a prestación por desempleo. 


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