Suspensión del puesto de trabajo

ERTE; Expediente de Retribución Temporal de Empleo, por fuerza mayor: puede ser imprevisible e irrevocable.

Por causas económicas o técnicos operativos de producción, teniendo que parar la producción.

En los dos casos si que hay derecho de retribución por desempleo y deben de respetar o guardar el puesto de trabajo.

La excelencia puede ser: 

Excedencia forzosa; deben de respetar y guardar la antigüedad y el puesto de trabajo.

Excedencia por cuidado de familiares; deben de respetar la antigüedad y el puesto de trabajo durante un año.

Excedencia voluntaria: por razones personales, sin tener que justificar los motivos de la excedencia, no teniendo derecho a retribución económica y no reservando el puesto de trabajo.

En la extinción de contrato, se pierde el puesto de trabajo, no siempre hay derecho de indemnización, ya que si nos despedimos o pedimos la baja voluntaria, no tenemos derecho a ella, pudiendo llegar a un acuerdo con la empresa, para poder percibir la presentación por desempleo al llegar a un acuerdo.

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